Plantean amparo ambiental a posible radicación de Dioxitec

cordoba no nuclearRío Tercero/Córdoba. En su presentación, el Asesor Letrado de dicha ciudad invocó la Carta Orgánica Municipal que establece una zona de reserva protegida contra toda actividad nuclear.

El Asesor Letrado, Alfredo Brouwer de Koning, promovió una acción de amparo ambiental que solicita que se declare la ineficacia del acto administrativo de la Municipalidad de dicha ciudad que otorgó un certificado de prefactibilidad del uso del suelo con miras a la posible instalación de la empresa química Dioxitek S.A.  

El funcionario esgrimió que tal autorización viola “expresamente la Carta Orgánica de Río Tercero”, que “ha vedado la posibilidad de la radicación y funcionamiento de este tipo de industrias.

La causa, promovida contra el municipio, será resuelta por el juez de Instrucción de 3º Nominación de Río Tercero, Jorge Torres.

De acuerdo con el Asesor Letrado, “la empresa Dioxitek S.A., por el tipo de productos que fabrica, los insumos que utiliza y los procesos que lleva adelante, responde al tipo de industria y actividad cuya radicación y funcionamiento, se encuentra prohibidas en el territorio de la jurisdicción municipal”.

En efecto, en su presentación, el defensor público invocó que la primera parte del artículo 55 de la Carta Orgánica establece: “el territorio de jurisdicción municipal es zona protegida. No pueden radicarse en él centrales, reservorios, basureros o industrias nucleares”.  

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